Puede ocurrir que estés cobrando la prestación por desempleo porque estás parado y que, durante este periodo, encuentres otro trabajo. Si éste es tu caso, quizá te hayan surgido dudas acerca del procedimiento que has de seguir y de lo que sucederá con la prestación que aún te queda por cobrar.
Pueden darse varias situaciones:
Si está cobrando prestación por desempleo e inicias una actividad como autónomo o por cuenta propia, se interrumpe el abono de la prestación. La posibilidad de reanudarla o no depende del tiempo que dure la actividad: si dura menos de 24 meses podrás reanudar la prestación, pero si dura 24 o más meses, la prestación se considera extinguida y no podrás volver a percibirla. Las prestaciones por desempleo son incompatibles con el trabajo por cuenta propia simultáneo, por lo que deberás comunicar al SEPE que estás trabajando en el menor tiempo posible.
Si, en cambio, empiezas a trabajar por cuenta ajena a tiempo completo, se interrumpe el abono de la prestación y pueden tener lugar dos situaciones:
- Si el contrato dura menos de 360 días, cuando finalice puedes solicitar la reanudación de la prestación que interrumpiste antes de empezar a trabajar.
- Si el contrato dura 360 días o más, cuando finalice puedes elegir entre dos posibilidades: volver a cobrar la prestación que interrumpiste o solicitar la nueva prestación contributiva que te corresponde.
Finalmente, si vas a trabajar por cuenta ajena a tiempo parcial, puedes elegir entre interrumpir el cobro de la prestación, mientras esté vigente el contrato, o compatibilizar el trabajo con el cobro de la prestación.
Puedes consultar toda la información al respecto aquí.
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